Tipos de IVA en España
IVA general, IVA reducido, IVA superreducido… Si todo esto no te suena de nada, sigue leyendo para descubrir los tipos de IVA que hay y cuáles son.
5 min de lectura
Los ordenadores portátiles, las cañitas de los domingos, el alquiler de tu piso o el abono transporte tienen distintos tipos de IVA. Con los datos que te ofrecemos en el artículo, conocer la diferencia entre IVA general, IVA reducido e IVA superreducido te parecerá un juego de niños.
¿Qué es el IVA?
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) grava el consumo de productos y servicios producidos tanto en España como en el extranjero. Se trata además de un impuesto regresivo ya que, a diferencia de los impuestos progresivos, no tiene en cuenta ni la renta ni los ingresos del contribuyente.
El tipo impositivo de este impuesto al consumo varía en función del tipo de producto que grave, pero también según la Comunidad Autónoma o el Estado miembro de la Unión Europea en el que se aplique.
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¿Cuántos tipos de IVA hay?
Los tipos de Impuesto sobre el Valor Añadido que existen en España se diferencian principalmente por el tipo impositivo o porcentaje de impuesto que se añade al precio del producto o servicio que ha sido comprado o contratado.
Mientras que el IVA general tiene un tipo de gravamen del 21 %, el del IVA reducido se sitúa en el 10 % y el del IVA superreducido en el 4 %.
Como podrás ver a continuación, esta diferenciación se basa en criterios bastante lógicos.
Tipo de IVA | Tasa impositiva | Bienes gravados |
---|---|---|
IVA general | 21 % | Electrodomésticos, vehículos, entradas para el cine, smartphones, etc. |
IVA reducido | 10 % | Actividades culturales, medios de transporte o electricidad |
IVA superreducido | 4 % | Bienes de primera necesidad, artículos de higiene femenina y preservativos, y viviendas de protección oficial |
sin IVA | 0 % | Alimentos esenciales y donativos de bienes a entidades destinadas a fines de interés general |
IVA general
Este tipo de IVA es el más común de los tres y se aplica por defecto a todos los bienes y servicios a los que no se puede aplicar ni el IVA reducido ni al superreducido.
Se aplica a productos y servicios como:
- La ropa y el calzado.
- Los carburantes como la gasolina, el gasóleo o el diésel.
- Los servicios relacionados con la estética y belleza como peluquería, manicura y pedicura, depilación, maquillaje, masajes corporales, tratamientos corporales, rayos UVA o tatuajes.
- Servicios y bienes de comunicación y de telefonía (ordenadores portátiles, teléfonos móviles, tarifas de teléfono y de internet).
- Las bebidas alcohólicas y el tabaco.
- Bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares.
- El mobiliario, el equipamiento y otros gastos relacionados con la vivienda.
- Productos de bricolaje.
- Eventos deportivos profesionales (partidos de fútbol, de baloncesto o de tenis).
- Bienes intermedios: materiales, productos y servicios empleados durante el proceso de producción de productos finales que luego serán comercializados (madera, acero, plástico, cemento, ladrillos, materias primas, carbón, látex, petróleo, etc.).
- Productos intermedios de elaboración de medicamentos, equipos médicos, aparatos e instrumental sanitario y productos farmacéuticos.
- Automóviles de primera y de segunda mano.
- Servicios funerarios.
IVA reducido
De la misma manera que el IVA general, el Impuesto de Valor Añadido reducido es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios con un tipo más bajo que para el general.
El tipo reducido del 10 % se aplica a los siguientes productos y servicios:
- Productos empleados para la producción de alimentación humana y animal.
- Hostelería y restauración (alojamiento, facturas en bares y restaurantes o en balnearios y spas).
- Servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
- Actividades culturales: entradas para museos, conciertos, exposiciones, bibliotecas, centros de documentación.
- Medios de transporte (vuelos nacionales, billetes de metro o de tren).
- Suministro de electricidad, gas natural, y combustibles naturales.
- Productos destinados a la realización de actividades agrícolas y ganaderas: piensos, semillas, fertilizantes, herbicidas o abonos.
- Productos farmacéuticos: gasas, vendas, etc.
- Artículos para corregir problemas de visión como gafas y lentillas graduadas, lentes, líquido de lentillas, monturas para gafas.
- Obras de renovación y reparación de viviendas (bajo ciertas condiciones).
- Viviendas, garajes y anexos.
IVA superreducido
Con un tipo impositivo del IVA del 4 %, el superreducido es la tasa impositiva que menos grava el consumo.
Se aplica sobre todo a los bienes considerados por la Ley como de primera necesidad:
- Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública y el alquiler de dichas viviendas con opción de compra.
- Prótesis e implantes, así como las sillas de ruedas y los vehículos para personas con discapacidad o movilidad reducida.
- Medicamentos de uso humano.
- Los servicios de teleasistencia y de ayuda a domicilio para las personas en situación de dependencia.
- Libros, periódicos y revistas que no contengan únicamente publicidad (las ventas de la publicación deberán suponer el 75 % de sus ingresos).
- Artículos de higiene femenina: compresas, salvaslips, así como preservativos.
Productos exentos de IVA
Existen ciertos servicios y productos que no están sujetos al pago de este impuesto.
Algunos de los artículos pueden dejar de ser gravados con IVA en circunstancias especiales:
- Alimentos esenciales como el pan y las harinas panificables, los huevos, las frutas y verduras, las hortalizas, las legumbres, los tubérculos, los cereales y los productos lácteos como la leche y el queso.
- Servicios postales.
- Los productos financieros y de ahorro, y los seguros.
- Alquiler de viviendas de protección oficial destinadas a vivienda habitual.
- La enseñanza en centros públicos o privados autorizados, la formación profesional, las clases particulares o la enseñanza de idiomas.
- Los servicios de asistencia sanitaria por profesionales médicos.
- Loterías y apuestas.
- Los donativos a entidades beneficiarias de mecenazgo con fines de interés general.
El IVA en España y Europa
Los impuestos equivalentes al IVA en Europa tienen tipos generales, reducidos y superreducidos muy diferentes entre sí.
En el recuadro que verás a continuación, hemos clasificado los diferentes tipos impositivos de IVA en algunos países miembros de la Unión Europea para que puedas hacerte una idea de las grandes diferencias que existen a escala europea en la tributación de este impuesto indirecto:
País | IVA general | IVA reducido | IVA superreducido |
España | 21 % | 10 % | 4 % |
Alemania | 19 % | 7 % | - |
Austria | 20 % | 13 % | 10 % |
Francia | 20 % | 10% | 5,5 - 2,1 % |
Eslovaquia | 20 % | 10 % | |
Bélgica | 21 % | 12 % | 6 % |
Lituania | 21 % | 9 % | 5 % |
República Checa | 21 % | 15 % | 10 % |
Italia | 22 % | 10 % | 5 % - 4 % |
Portugal | 23 % | 13 % | 6 % |
Finlandia | 24 % | 14 % | 10 % |
Suecia | 25 % | 12 % | 6 % |
Hungría | 27 % | 18 % | 5 % |
Croacia | 25 % | 13 % | 5 % |
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos tipos de IVA hay en España?
Existen tres tipos de Impuestos sobre el Valor Añadido en España: IVA General al 21 %, IVA Reducido al 10 % e IVA Superreducido al 4 %.
¿Que tiene el 10 % de IVA?
Los servicios de hostelería y restauración, las actividades culturales, los medios de transporte, la electricidad y el gas, los productos para la agricultura y la ganadería, los productos farmacéuticos o las gafas y lentillas, son sólo algunos de los productos a los que se les aplica el IVA reducido del 10 %.
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